Katia Miguelina Jiménez Martínez

Katia Miguelina Jiménez Martínez
Por una justicia democrática

sábado, 2 de julio de 2011

MI LECTURA AL DESACATO DE LA FISCAL



Por Katia M. Jiménez Martínez (katia_miguelina@yahoo.es)

Partiré haciendo la precisión de que valoramos el trabajo que viene haciendo la actual Procuradora Fiscal de Santiago de los Caballeros, magistrada Yeni Berenice Reynoso; que reconozco se combinan en esa joven mujer una serie de virtudes que para el ejercicio de la función pública son muy necesarias. 

También es menester dejar establecido que no analizaremos en este artículo los hechos que dieron lugar al desacato a la decisión de un juez que pública y jactanciosamente anunció  la magistrada Reynoso, pues no son relevantes para el tema que nos hemos trazado. Sea un delito simple o un crimen abominable, para la cuestión a tratar aquí no es determinante.

 Tampoco analizaremos si actuó bien o mal el juzgador de la instrucción de Santiago que recientemente decidió no acoger la solicitud de la fiscalía, pues no le corresponde a la digna representante de la sociedad determinarlo, ni a mí tampoco. Para ello la ley dispone los mecanismos correspondientes, pues a los jueces nos rige un procedimiento disciplinario, que no se agota, acudiendo a los medios de comunicación a denunciar lo que particularmente le ha parecido la actuación del juez, haciendo parecer que en una decisión jurisdiccional primaron motivos contrarios a la ley, lo que ha generado que su desacato haya encontrado el respaldo de muchos, haya sido del agrado popular. Pero como veremos, no todo lo que es popular es legal. 

Lo que nos mueve a preocupación es lo peligroso que se torna para la seguridad jurídica, para la consolidación de un Estado de Derecho, que un funcionario público, en este caso una representante del Ministerio Público, se coloque por encima y al margen de la ley. Se propicia con ello una lesión de niveles incalculables a la institucionalidad. Pero más grave resulta cuando se obra jactándose de la ilegalidad de un proceder: “No me siento contenta de desacatar la orden de un juez. Asumo que no es correcto y asumo que no debe ser, porque un estado de derecho no se construye así”.

Vale recordar que somos un Estado políticamente organizado por una Constitución, que viene a constituir el pacto que como ciudadanos, funcionarios o no, nos hemos comprometido a salvaguardar. Y qué se establece en ese pacto? 

Entre otras cosas se dispone el principio de la división de poderes, y por vía de consecuencia, la separación de funciones, lo cual significa que la función de juzgar le corresponde a los tribunales y jueces del orden judicial, de manera que al intentar justificar su desacato indicando que “tomó esa decisión porque no se hace justicia considerando que un crimen planificado no es un hecho grave”, entonces, sin lugar a dudas, la magistrada, que es representante del Ministerio Público, estaría asumiendo también las funciones del juez, lo cual hace tambalear la institucionalidad. 

Quizás se justificara esta especie de “tomar la justicia por sus propias manos” de la magistrada Yeni Berenice Reynoso, si no existieran leyes que organizaran los procedimientos para perseguir las infracciones, pero no es el caso. De manera que si alguna de las partes en el proceso no estaba de acuerdo con la decisión judicial en cuestión lo que procedía conforme a la ley era atacarla por la vía recursiva que corresponde. Pero sobre el uso del recurso de apelación la magistrada Reynoso considera lo siguiente: “Es una decisión tan injustificada, tan fuera de derecho, tan absurda, que nosotros nos cuestionamos que cualquier cosa que a un juez se le ocurra decir en un papel, el Ministerio Público tiene la obligación de apelarlo”. Habrá querido decir que la apelación es opcional, y que es a ella a quien corresponde determinar que la sentencia está fuera de derecho, es absurda e injustificada? Será por eso que la desacata?

Pareciera también, y es la lectura que le doy al desacato y a sus expresiones, que los jueces siempre deben acoger las peticiones que formule el Ministerio Público, a  pesar de que en la Constitución, el pacto que a todos nos liga, exista proclamada la independencia funcional de los jueces y tribunales del país.

Igualmente cabe, en el marco de esta crítica constructiva, referirnos al principio del debido proceso de ley, que pareciera estar en juego aquí, y son las expresiones de la propia fiscal que darían la impresión de que no se está ante un caso en fase de investigación, sino ya juzgado, citamos: "Nos quedamos petrificados cuando el juez (Marchena), a pocas horas del asesinato planificado, dispone la libertad de ese señor". Y más aún, llegó a decir “que no permitirá que se imponga una decisión que calificó de injusta, como es a su juicio-dar la libertad a un hombre confeso asesino de una mujer”. A esto sumamos que sus declaraciones llevan al público la errónea creencia de que está prohibido ordenar  una medida de coerción distinta a la prisión a los imputados de asesinato, y la ley no dice eso. Con esto no estoy justificando la actuación del juez, insisto, pues ya indiqué que su proceder no es el objeto de estas líneas. 

Pero también es preocupante la manera en que la digna representante del Ministerio Público de Santiago, se ha expresado respecto del juez en cuestión, lo que también ha hecho con otros jueces y en otros casos. La prensa recoge las siguientes declaraciones que se atribuyen a ella: "No es la primera vez que con este juez se presentan decisiones como esta y por eso, de forma alegre e irresponsable, puso en libertad a un asesino, cosa que no vamos a permitir"

Si bien a la magistrada Reynoso le asiste el derecho de controlar la actuación jurisdiccional de los jueces a través de los recursos, se sobrepasa en esa labor controladora, cuando con sus acostumbrados pronunciamientos a través de los medios de comunicación atenta contra  la honra y dignidad de las juezas y de los jueces del país, del prestigio y la credibilidad del Poder Judicial, cuando es al Consejo del Poder Judicial que correspondería determinar si un juez ha actuado desprestigiando la función.

Ya se han registrado casos en los que como consecuencia de una actuación jurisdiccional de un juez o jueza la referida magistrada ha impulsado procesos disciplinarios. Sin embargo, no ha sido este el comportamiento de los jueces y juezas del país para con los representantes del Ministerio Público. Tampoco se registran casos de jueces denunciando públicamente a los fiscales por sus dictámenes o actuaciones.

Esto último reviste particular importancia, sobre todo cuando en la actualidad un representante del Ministerio Público, el Procurador General de la República, forma parte del Consejo Nacional de la Magistratura, órgano que tiene  a su cargo la escogencia de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional, entre otros, por lo que actuar con mesura y comedimiento es lo más aconsejable, no vaya a convertirse ello en un mecanismo de presión. 

Recordemos que el respeto es la base del entendimiento entre los seres humanos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario