Katia Miguelina Jiménez Martínez

Katia Miguelina Jiménez Martínez
Por una justicia democrática

lunes, 29 de noviembre de 2010

El derecho a elegir y ser elegido de los prisioneros sin condena


Por Katia M. Jiménez Martínez (Katia_miguelina@yahoo.es) 
Publicado por el Periódico 7dias.com el 28 de noviembre del 2010

La Constitución de la República consagra como uno de los derechos políticos y de ciudadanía, el derecho a elegir y ser elegido para los cargos públicos, en atención a lo dispuesto por su Art. 22.1., así como el Art. 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Este derecho es la esencia del sistema democrático por cuanto permite a los ciudadanos participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Efectivamente, en sentido estricto la democracia es una forma de gobierno, de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que les otorgan legitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que todos sus habitantes son iguales ante la ley y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

Así, el derecho al voto, por un lado, puede ser ejercido por todos aquéllos dominicanos que gozan de ciudadanía, es decir, aquéllos que hayan cumplido dieciocho años y quienes estén o hayan estado casados, aunque no hayan cumplido esa edad. Por otro lado, también se contempla el derecho a ser elegido, o sea, postularse para ser candidato a una posición electiva.

La pregunta que se hacen muchos es por qué si todos somos iguales ante la ley a los “presos” no se les permite votar ni a ser elegidos. Pero recientemente fue anunciado por el presidente de la Junta Central Electoral, que los reclusos de todas las cárceles del país estarían en capacidad de ejercer el voto para las próximas elecciones del año 2012 “siempre que no tengan sentencia definitiva y que impliquen la negación de los derechos civiles y políticos”. Nada se anunció desde ese organismo sobre el derecho a ser elegidos de aquéllos prisioneros que ni han perdido ni se les hubieren suspendido sus derechos políticos.

Conforme a la Constitución los derechos de ciudadanía, como los de elegir y ser elegido, sólo se pierden por condenación irrevocable en los casos de traición y espionaje, conspiración y tomar las armas contra la República; quedan suspendidos en los casos de condenación irrevocable a pena criminal, hasta el término de la misma. De manera, que todos aquéllos reclusos que para la fecha de las elecciones no hayan recibido sentencia condenatoria firme, pueden ejercer estos derechos.

Lo anterior implica que todos aquellos que se hallaren sujetos al régimen de encarcelamiento preventivo, sea por una disposición cautelar  de una prisión preventiva o a la espera del conocimiento de recursos contra sentencias impugnadas estarían hábiles para votar o para ser elegidos. Esto se justifica en razón del alcance de la prisión preventiva, su carácter instrumental y la falta de firmeza en el fallo que impiden adoptar medidas que excedan su finalidad, o sea,  la de sujetar al imputado al proceso, y por tanto no afecta la generalidad de sus derechos y menos si aquéllos tienen raigambre constitucional.

Además, sin condena penal irrevocable no queda desvirtuado el principio de inocencia, convirtiéndose así en una barrera infranqueable respecto de nuestros derechos personalísimos, los cuales sin el permiso excepcional y expreso de la  ley no aceptan restricción alguna.

Por lo antes expuesto nos satisface la noticia de que la actual Junta Central Electoral finalmente entendió el reclamo que de manera particular muchas personas habían elevado, así como la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el sentido de que se les permitiera a los presos sin condena definitiva ejercer su derecho a votar. 

Quizás el poner en práctica este beneficio a los presos sin condena implicaría una “politización” que obligará al sistema de partidos a atender a los intereses que expresen los presos desde las cárceles. Eso pudiera ser valioso, pues siempre se ha dicho que “el preso no es gente”.




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