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domingo, 13 de junio de 2010
Jueces al Paredón o “todos contra uno”.
Por Katia M. Jiménez Martínez
Publicado en Clave Digital el jueves, 28 de enero de 2010, 11:59 p.m.
http://www.clavedigital.com/App_Pages/Opinion/Firmas.aspx?id_Articulo=16753
Cada vez son mucho más frecuentes e implacables, los cuestionamientos y censuras a decisiones judiciales a través de medios masivos de comunicación, sea prensa escrita, radial, televisiva o digital, y que son realizados indistintamente por comunicadores sociales, periodistas, funcionarios, policías, políticos, religiosos, etc. El título más representativo de lo que acontece es, indudablemente, “Todos contra uno”.
Movida por la preocupación que nos causa esta delicada situación he trabajado en estas reflexiones en procura de dispersar confusiones y alertar sobre las consecuencias que pudiera tener para el sistema judicial el que se continuase por este camino.
No estoy opuesta a que se informe a la ciudadanía sobre los casos judiciales, pues el derecho a la información es de vital importancia en una sociedad. Tampoco estaríamos en desacuerdo con que a través de los medios de comunicación se otorgue sentido práctico a la teoría del control de la actividad judicial por parte de los ciudadanos, lo cual es de rigor en los sistemas republicanos y democráticos como el nuestro.
Sin embargo, nos parece que este ejercicio informativo y de la libertad de expresión pareciera estar afectado por una serie de factores que hacen que en este “reclamo de justicia” se vea al juez como el causante del aumento de la criminalidad, de que exista impunidad, y en fin de que se piense que toda la ineficacia de que adolece nuestro sistema de persecución penal es causada por los jueces.
Por un lado es evidente que todos estamos siendo afectados por un clima de inseguridad ciudadana, que no se resuelve “enviando a los jueces al paredón”, y por el otro, se advierte una confusión generalizada de roles institucionales que hace que el verdadero rol del juez sea tan incomprendido. También cabe hablar de que no se conocen con exactitud importantes institutos del proceso penal, como lo es la prisión preventiva. Pero más que nada, la sociedad dominicana aún no termina de asumir que la reforma procesal penal introdujo en nuestro sistema jurídico principios e instituciones a los que culturalmente no estamos muy habituados. Los jueces no hacen la ley, pero deben aplicarla.
En este contexto, cuando se censura una determinada decisión jurisdiccional, movidos por sentimientos de inseguridad ciudadana, desconociendo el rol del juez de garantía o de control, asumiendo que la prisión preventiva es una pena y que debe aplicarse automáticamente, inequívocamente hará que se crea la versión de que el malo es el juez. Pero esta solución tan simplista frente a un tema tan complejo, ha estado permitiendo que se siga guardando la basura debajo de la alfombra.
Cabe recordar que la seguridad ciudadana es un tema propio de la Política Criminal de un Estado, a través de la cual se diseñan las estrategias y acciones que se plasman en programas concretos para solucionar la demanda de seguridad. Su objetivo es la prevención del delito. Debe tenerse claro que los jueces entran en escena después que éste se comete. De manera que no pueden ser estos los responsables del fenómeno de la delincuencia. Es más, ni siquiera de la impunidad. El sonado caso del boricua fugitivo es un claro ejemplo de ello. Nótese, que según informan los medios, todo ha quedado reducido a un “lío de faldas”, a un consumo excesivo de champaña, en fin, a cirugías plásticas y cuestiones de sexo.
A mi modo de ver, excede el ámbito del rol del Juez el pretender exigirle compromisos tácitos o expresos con las políticas estatales de seguridad ciudadana o con los objetivos y estrategias de la política criminal de cuyo diseño el juez tampoco ha sido parte. Pareciera asomar una especie de “judicialización del orden público o seguridad ciudadana”, y con ello se produce una seria distorsión en la función jurisdiccional al pretender asignarle una tarea que le compete directamente a otras instituciones públicas.
Ya es demasiada la responsabilidad del juez, cuyo verdadero rol es aplicar la Constitución y la ley, procurando en cada caso concreto la difícil misión de equilibrar, por una parte, la eficacia de la persecución penal y, por la otra, la necesidad de hacer respetar los límites a los que toda persecución penal se encuentra sometida en un Estado de Derecho. Estar sujeto a este mordaz dilema no debe ser una razón que justifique su constante exposición al escrutinio público y que sus decisiones sean tan incomprendidas.
Tampoco se les debe pedir a los jueces, que usen la prisión preventiva para apaciguar los ánimos de una sociedad indignada por la comisión de una infracción o para llevar el sosiego a una colectividad que se sienta insegura por la ola de hechos delictivos que nos afecta. Ello implicaría desconocer los fines de la prisión preventiva. Por esta vía se termina transformando a la prisión preventiva en el eje del poder penal del Estado y al proceso penal en una muy mala excusa para anticipar la pena y el juicio de culpabilidad, con lo cual la garantía del juicio previo y la presunción de inocencia pasan a ser una cruel ironía.
Tenemos que evitar a toda costa que estas confusiones de roles, esta incomprensión del proceso penal, junto esa sed que tienen algunos de aparentar una eficiencia y responsabilidad que no se tiene, pero que tampoco se quiere asumir, faciliten la consolidación de un modelo de justicia en el que predomine el juez dócil a los humores sociales y políticos, y permeable a las presiones de distinta índole que supeditarían sus decisiones a las conveniencias coyunturales, colocando el cumplimiento de la ley en un segundo plano, de acuerdo a las circunstancias.
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