Katia Miguelina Jiménez Martínez

Katia Miguelina Jiménez Martínez
Por una justicia democrática

lunes, 28 de febrero de 2011

El juez predecible

El juez predecible - Acento

Por Katia Miguelina Jiménez Martínez

Cuando se habla de transparencia institucional ha de entenderse la posibilidad de abrir la información estatal al público, al escrutinio de la sociedad, con lo cual se asienta una práctica democrática al colocarse tal información en la vitrina pública, para que sea fiscalizada, analizada por los ciudadanos y en su caso, como mecanismo para perseguir la corrección y hasta la sanción.

En el ámbito judicial el concepto de transparencia comprende también la posibilidad de que los ciudadanos conozcan el razonamiento de sus jueces. Afortunadamente, desde hace años se vienen publicando los denominados Boletines Judiciales, que si bien cumplen con una finalidad importante tan sólo dan cuenta de la línea jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia, no así de otras jurisdicciones, eso por un lado. Por el otro, y es el aspecto medular que deseamos enfatizar, no permite saber cómo piensan jurídicamente los jueces individualmente considerados y determinar su coherencia.

Un ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia del Perú llegó a decir que "cuando las sentencias de los jueces se pueden predecir, por la línea jurisprudencial seguida en cada una de las materias, el número de procesos judiciales disminuye, porque no tiene objeto litigar cuando se conoce con anticipación su resultado".

La seguridad jurídica es un valor de gran consideración, porque la certeza de saber a qué atenerse, es decir, la certeza de que el orden vigente ha de ser mantenido aún mediante la coacción, da al ser humano la posibilidad de desarrollar su actividad, previendo en buena medida cuál será la marcha de su vida jurídica.

Ha de considerarse que por el transcurso del tiempo y la experiencia acumulada, el juez mantiene criterios que se constituyen en su forma de pensar y por ende en su forma de resolver los procesos, y vale que ello sea conocido por todos.
Lo anterior no quiere decir que "cada juez tiene su librito". Muy por el contrario, el juez ha de estar sometido a la ley, y si bien se le permiten márgenes de discrecionalidad para motivar su decisión lo deberá hacer bajo criterios lógicos, máximas de la experiencia y lógica, dado que existe un límite entre la discrecionalidad y la arbitrariedad: la racionalidad.

¿Pero qué beneficios tendría saber cómo fallan individualmente los jueces? Descubrir, por ejemplo, cuando un magistrado resuelve casos semejantes en forma diferente, sin motivar las razones del cambio de criterio crea la inseguridad jurídica que aterroriza al ciudadano. ¿A qué obedeció el tratamiento desigual a lo que es igual? En algunos casos, la desviación puede generar "cocorícamo", en otras, falta de seguridad sobre la concepción de las diversas instituciones jurídicas por parte del juzgador.
Por igual resultaría interesante poder determinar cuando un juez penal X siempre disiente de sus pares A y B a la hora de considerar que siempre debe aplicarse la prisión preventiva. Una tendencia como ésta pudiera ser un indicador de cara a evaluar la forma de administrar justicia y el esquema mental de nuestros jueces. ¿A qué obedecen esas inclinaciones particulares hacia determinada visión de las instituciones jurídicas?
Tomando en cuenta estas dificultades es que haría falta avanzar hacia un sistema que propicie la predictibilidad de la justicia, de los jueces y su uniformidad. Así iremos erradicando realidades tales como "cada pueblo tiene su código", "cada juez tiene su librito".

De ahí la importancia de que se genere un medio de fiscalización ciudadana, de tal suerte que la sociedad civil tenga acceso al modo de razonar y decidir de cada juez. Como parte de su política pública la propia Suprema Corte de Justicia pudiera iniciar un plan piloto por materia y temas, para la publicación de una serie de Boletines contentivos de la línea de pensamiento jurisprudencial individual de los jueces, como se ha hecho en otros países.

lunes, 21 de febrero de 2011

La sociedad abierta y sus enemigos. Papel del disenso

 
Por Katia M. Jiménez Martínez (Katia_miguelina@yahoo.es)
Periódico HOY (19 de febrero 2011)
Acento.com (21 de febrero 2011).

La crítica vertida por distintos medios a las actuaciones de funcionarios públicos de todos los órdenes muchas veces provoca reacciones por parte de aquéllos a quienes les molesta o perturba ser objeto de lo que ellos erróneamente entienden como ataques personales.

Todo aquél que asume el ejercicio de una función pública está llamado a defender el Estado de Derecho en que se sustenta la democracia concebida como ejercicio de libertades públicas, una de las cuales es la libertad de pensamiento y el derecho a expresarlo abiertamente, observando, claro está, las limitaciones que establecen la Constitución y la ley.

Sin distinguir al poder público al que se pertenezca todo funcionario está en el deber de estimular las libertades de todas las personas o de grupos quienes han de tener la posibilidad efectiva de  poder criticar libremente a quienes ejercen el poder, de modo que su crítica, reclamo o disconformidad sea de algún modo conocida.  

El ejercicio de este tipo de libertades, como la de expresión y difusión del pensamiento, de asociación, de imprenta, entre otras, han de ser vistas como genuinas manifestaciones de democracia en el seno de las instituciones públicas y en la propia sociedad. Pero la realidad es otra en nuestro país, pues las actitudes de algunos revelan niveles de intolerancia preocupantes.

“El aumento del conocimiento depende por completo de la existencia del desacuerdo”. Esta sabia frase atribuida a Karl Popper, encierra una gran verdad: el disenso enriquece el obrar humano y consolida una sociedad plural. En su libro “La sociedad abierta y sus enemigos” este filósofo austríaco traza las pautas para la construcción de una sociedad abierta, lanzando una excelente crítica a los enemigos de la democracia, como el totalitarismo, el anti individualismo, y, en general, todo lo que atente a la libertad individual del hombre, es representativo de sus enemigos.  

Los poderes políticos en República Dominicana no escapan a esa confrontación eterna entre las fuerzas que asumen la realidad tal como es, o sea, como un mal inevitable y aquéllas que  anhelan la perfección. Las primeras tratan de corregir a los ciudadanos para que se “ajusten” a la realidad que pretenden, que es lo que Popper denominaba “sociedad cerrada”, donde la libertad no es entendida como un valor sino como una amenaza, y donde una serie de dogmas inalterables impulsaban el desarrollo de la sociedad, prohibiéndose y persiguiéndose toda crítica de los mismos. 

En cambio, la “sociedad abierta” se configura como toda sociedad que soporta la crítica política y social, la libre circulación de ideas y los cambios y reformas inspirados en pensamientos que han conseguido superar, provisionalmente, el juicio de la crítica. 

Todo aquél que ostente o aspire a cargos públicos debe tener consciencia de que la expresión y manifestación del disenso, escucharlo, responderlo y tomarlo en cuenta son procesos importantes para el sano crecimiento de la sociedad y de sus instituciones,  pues cumple la función positiva de abrir espacios donde se pueda manifestar el verdadero pluralismo social.  

Termino mis reflexiones con una frase del pensador liberal Norberto Bobbio, quien al darse cuenta de que el consenso tiene sus limitaciones afirmó: "El disenso es una necesidad de la democracia pues es, el que puede hacer posible las promesas no cumplidas de ésta".

viernes, 4 de febrero de 2011

Colegio de Abogados reconoce a jueza Katia Miguelina Jiménez

El Colegio de Abogados de la República Dominicana concedió el Reconocimiento al Mérito Jurídico 2011 a la jueza Katia M. Jiménez Martínez. Decía José Martí “Honrar, Honra”. En la noche del pasado 3 de febrero nuestro CARD hizo entrega de un reconocimiento en nombre de los abogados dominicanos, a la magistrada Katia Miguelina Jiménez, por sus aportes a la judicatura nacional, como autora de varias obras jurídicas y por su constante lucha por la preservación y defensa del Estado Constitucional de Derecho en la República Dominicana.